Trabajamos para mantenerte informado sobre las medidas de precaución que debes tener en cuenta durante la crisis sanitaria originada por coronavirus COVID-19.
En estos momentos, queremos facilitarte la presentación de la documentación necesaria para solicitar las prestaciones que gestionamos habitualmente, puedes enviar toda la información requerida al correo electrónico de tu centro de Unión de Mutuas propio más próximo, disponible en nuestra red de centros.
Recuerda que serán los médicos de los SPS los que emitan los partes de baja y alta en todos los casos de afectación por coronavirus (conforme a los códigos de la CIE9MC y a la CIE10ES consensuados), tanto en las situaciones de aislamiento como de enfermedad y a todos los trabajadores que lo necesiten, tanto para el personal sanitario como para el resto de trabajadores.
Gracias por tu comprensión. #EsteVirusLoParamosUnidos
Actualización 16/04/2020
IMPORTANTE
Los Partes Médicos de Baja, Confirmación, Alta y de situaciones de aislamiento, son emitidos en exclusiva por los Servicios Públicos de Salud. Unión de Mutuas no puede emitir los partes de baja, confirmación y alta por contagio o cuarentena del COVID-19.
Se han actualizado las instrucciones aclaratorias relativas al nuevo procedimiento de remisión de partes de los servicios públicos de salud (SPS) por Coronavirus, conforme al RD Ley 6/2020, de 10 de marzo.
15/04/2020
19/03/2020
11/03/2020
Actualización 20/03/2020
a) El fichero FIE que contiene todas las bajas/altas de sus trabajadores, consultarse diariamente. En este fichero podrá identificar las bajas por CC que estarán identificadas con la contingencia 3 – Accidente de Trabajo, con los diagnósticos relativos al coronavirus, tanto por aislamiento como por contagio.
Toda la información necesaria para gestionar el fichero FIE aquí.
b) En el documento IDC «Informe de Datos para la Cotización», en el podrá encontrar como primer día del tramo a deducir el siguiente a la fecha de la baja y en el tipo de peculiaridad: 23 IT.AT. Pago Delegado.
Toda la información necesaria para gestionar documento IDC aquí .
Todas estas bajas deberán ser remitidas a RED como Contingencia Común, siempre será el INSS quien indique si procede o no la aplicación del RD-Ley 6/2020.
En estos casos se podrá abonar la nómina y realizar después la correspondiente deducción desde el día siguiente a la baja médica y a razón del 75% de la BRD.
Cualquier consulta contacte con su técnico asesor de Unión de Mutuas.
Legislación
30/09/2020
Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo
23/09/2020
08/04/2020
01/04/02020
29/03/2020
27/03/2020
19/03/2020
18/03/2020
–Resumen artículo 17: cese de actividad autónomos
14/03/2020
Criterios
Criterios del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
20/03/2020
Criterios del Instituto Nacional de la Seguridad Social
11/03/2020
Criterios del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
26/03/2020
Criterios de la Consellería de Sanitat Universal y Salut Pública de la Generalitat Valenciana
20/03/2020