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09/03/2017

Personas jurídicas y profesionales colegiados obligados a relación electrónica con la Administración

Unión de Mutuas junto con el Colegio de Graduados de Valencia ha celebrado, en Valencia, una jornada informativa sobre la nueva ley de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, que tiene por objeto regular las relaciones externas de la Administración con los ciudadanos y las empresas.

La nueva ley contempla como obligación jurídica la tramitación por medios telemáticos de todos los expedientes administrativos y aplaza, hasta octubre de 2017, la entrada en vigor de la regulación de los Registros electrónicos administrativos.

La jornada ha contado con la ponencia del Inspector de Trabajo y Seguridad Social , Antonio Benavides, quien ha analizado la aplicación de esta ley en el ámbito socio-laboral detallando su aplicación en los procedimientos administrativos que las empresas y los autónomos tienen que desarrollar ante la Administración laboral y la Seguridad Social en cuanto a la gestión recaudatoria, actos de encuadramiento y afiliación de la Seguridad Social así como los procedimientos sancionadores en el orden social.

Como principal novedad de la ley, Antonio Benavides ha destacado la obligatoriedad de que todas las comunicaciones con las Administraciones han de ser “íntegramente electrónicas en todos sus procedimientos” así como la obligación de determinados sujetos de relacionarse telemáticamente con la Administración, “como es el caso del colectivo de los profesionales colegiados, desapareciendo por tanto la posibilidad de hacer procedimientos presenciales”.

La personas jurídicas están obligadas, por tanto, a relacionarse de forma electrónica con las Administraciones y podrán otorgar poderes electrónicamente para que sus representantes realicen trámites administrativos. Para ello, contarán con un registro administrativo de poderes a su disposición.

Todo ello supone el empleo de la firma digital en la presentación de escritos y trámites administrativos, la identificación digital, la eliminación del expediente en papel, y la agilización en la notificaciones.

En este sentido, según ha destacado Antonio Benavides, la norma prevé una serie de simplificaciones administrativas como son “los apoderamientos electrónicos y la no exigencia de aportar documentos originales cuando ya hayan sido presentados o elaborados por la Administración”, como el DNI, licencias, o autorizaciones ya expedidas, ya que todas las Administraciones estarán conectadas mediante plataformas comunes de intercambio de información.

Respecto a la regulación de los plazos del procedimiento administrativo, Benavides ha señalado que se unifica el cómputo de plazos en el ámbito judicial y el administrativo en materia de horas hábiles y con la declaración de los sábados como días inhábiles.

También el inspector de Trabajo y Seguridad Social, Antonio Benavides ha remarcado la relevancia de esta ley en el ámbito laboral debido a la eliminación de la reclamación administrativa previa a la vía judicial, “salvo en los procesos de prestaciones de Seguridad Social” .

Respecto a las novedades introducidas por la ley en materia de notificaciones electrónicas, Benavides ha subrayado que las notificaciones se practicarán con carácter preferente mediante la vía electrónica y se realizarán en la sede electrónica de la Administración correspondiente.

Sin embargo, se permitirá la realización de notificaciones no electrónicas cuando el interesado realice comparecencia presencial espontánea en la Administración y pida la notificación personal en ese momento. También cuando la Administración quiera asegurar la eficacia de una actuación administrativa y resulte necesario su notificación personal.

Asimismo la ley introduce nuevas medidas para garantizar el conocimiento de la puesta a disposición de las notificaciones como el envío de avisos de notificación a los dispositivos electrónicos, la dirección de correo electrónico, y el acceso a las notificaciones a través del Punto de Acceso General Electrónico de la Administración que funcionará como portal de entrada.

La Ley de Procedimiento Administrativo entró en vigor el pasado 2 de octubre, excepto todo lo relativo a los registros electrónicos, el punto de acceso general electrónico de la Administración y el archivo único electrónico, que tendrán efecto el dos de octubre del presente año.