Política de Unión de Mutuas sobre el derecho de sus trabajadores y trabajadoras a la desconexión digital en el ámbito laboral

Habitamos una sociedad digitalizada a la que hemos llegado gracias a un enorme desarrollo tecnológico que ha ido evolucionando en paralelo a un gran cambio social. Este desarrollo ha propiciado que actualmente nos conectemos desde cualquier lugar y podamos controlar nuestros negocios y vida disfrutando de una biblioteca de conocimientos en la palma de nuestra mano. Nos encontramos ante una revolución tecnológica global que hemos de conocer muy bien para conocer también los riesgos que trae consigo. Las tecnologías por sí mismas no son un problema pero un mal uso de las mismas sí puede generarlo.

Basándose en esta premisa, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales aporta un novedoso objetivo, adicional al de la adaptación del ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679: el de garantizar los derechos digitales de la ciudadanía al amparo de lo dispuesto en el artículo 18.4 de la Constitución. En su título X, la nueva normativa desarrolla este contenido a favor de las personas en el ámbito digital, ampliando y aportando más garantías para sus derechos en esta dimensión.

Las nuevas tecnologías, entre otras muchas ventajas, han posibilitado una mayor flexibilidad de los trabajos, permitiendo su desempeño con una conectividad continuada, en cualquier momento y desde cualquier ubicación. Los límites de la jornada laboral quedan de este modo difuminados, pudiendo solaparse muchas veces con los tiempos de descanso de las personas. Si bien los nuevos modelos de trabajo permiten mejorar la vida laboral de los trabajadores y trabajadoras, pudiendo la empresa proporcionar jornadas más adaptadas y conciliadoras con sus necesidades, estos modelos también pueden suponer riesgos que, debido a un uso no responsable de los mismos, mermen los derechos fundamentales de las personas tanto en su vida laboral como en la personal.

La nueva normativa tiene como objetivo preservar los derechos de las personas en relación con los usos digitales en el trabajo y exigir a las empresas un compromiso para el uso correcto de las nuevas tecnologías, así como su difusión entre los trabajadores.

Unión de Mutuas no desea que la conexión digital en el ámbito laboral supere la dimensión de la flexibilidad y de las ventajas para sus trabajadores y trabajadoras y acabe reduciendo sus derechos al no quedar bien definida la línea que separa los tiempos de descanso de los de trabajo. Como entidad responsabilizada con la seguridad y salud de su personal, considera el respeto de sus tiempos de descanso, de sus permisos y vacaciones, un derecho fundamental que hay que proteger. Por todo ello, el personal tendrá derecho a no ser molestado en su tiempo libre y a no contestar correos o mensajes fuera de horario, salvo estipulaciones contractuales, motivo de fuerza mayor o circunstancias excepcionales. Unión de Mutuas, cuando el puesto de trabajo lo permita, concederá la flexibilidad horaria, y en estos casos, respetará la misma, así como los tiempos de descanso en aquellos supuestos excepcionales de realización total o parcial del trabajo a distancia.

La Mutua, en su calidad preventiva, pretende además ser promotora de un uso razonable de las herramientas tecnológicas que pone a disposición de sus trabajadores y trabajadoras, para evitar de este modo el riesgo de fatiga informática o tecnoestrés, psicopatologías reconocidas por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y que son, lamentablemente, la cara oscura del uso no correcto de las nuevas tecnologías.

Es voluntad de esta entidad realizar esta labor de formación y concienciación a través de sus canales de difusión (intranet corporativa, blog de seguridad, etc.) informando sobre los riesgos y las buenas prácticas relacionadas con el uso de las herramientas digitales.

En su compromiso con la desconexión digital, Unión de Mutuas respetará las vacaciones, permisos y tiempos de descanso de sus trabajadores y trabajadoras para que el uso de las nuevas tecnologías y dispositivos digitales sean una ventaja competitiva y no un desgaste laboral de su activo más importante: las personas.

También el derecho a la intimidad familiar y personal se tendrá muy en cuenta en el acceso de esta entidad a los contenidos derivados del uso de medios digitales, siempre a los solos efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos. La normativa interna de uso de dispositivos móviles deja bien definidos los usos autorizados de los mismos a las personas trabajadoras; todas las acciones de auditoría, configuración o revisión que se realicen por parte de la entidad se basarán en términos de proporcionalidad, respeto y garantía de derechos fundamentales.

El objetivo de la Mutua es proporcionar un entorno laboral potenciador de las nuevas tecnologías, que redunde en la mejora de la vida laboral y personal de su equipo, flexibilizándola y adecuándola en términos de conciliación, y promoviendo los usos más responsables. Será una labor conjunta de esta entidad y de los representantes de los trabajadores y trabajadoras la promoción de hábitos saludables también en el marco digital a fin de generar buenas prácticas y usos más razonables de las tecnologías por parte de quienes forman Unión de Mutuas.

 

Mayo 2021

 

Unión de Mutuas
Mutua colaboradora con la Seguridad Social n.º 267