Prestaciones Complementarias

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Qué son las prestaciones complementarias

Las prestaciones complementarias son unas ayudas económicas, gestionadas por la Comisión de Prestaciones Especiales, destinadas a financiar las necesidades sobrevenidas, que los trabajadores y sus derechohabientes deban hacer frente como consecuencia de una contingencia profesional, siempre y cuando el accidente de trabajo o enfermedad profesional acaecidos, determinen un especial estado o situación de necesidad.

Son prestaciones ajenas y complementarias a las incluidas en la acción protectora de la de Seguridad Social, que se financian con cargo a la Reservas de Asistencia Social de la Mutua y están reguladas por el Real Decreto 453/2022, de 14 de junio por el que se establece el régimen de aplicación de las prestaciones complementarias del artículo 96.1.b), del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Son independientes y compatibles con las prestaciones reglamentarias de la Seguridad Social.

Tipos de prestaciones complementarias

Los tipos de ayudas que pueden solicitarse son las siguientes:

1. Rehabilitación y recuperación.
2. Reorientación profesional y adaptación del puesto de trabajo.
3. Adaptación de los medios esenciales para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria.
4. Otras prestaciones.

Cómo solicitarlas

Descarga y cumplimenta el formulario de solicitud.
La solicitud de prestaciones complementarias puede ser presentada mediante el siguiente formulario en cualquiera de nuestras delegaciones o bien al correo electrónico: prestacionescomplementarias@uniondemutuas.es

Quién puede solicitarlas

Puede solicitarla el propio trabajador/a, el cónyuge o la pareja de hecho del trabajador/a o en defecto de los anteriores los derechohabientes del trabajador hasta segundo grado, por los daños sufridos como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, siempre y cuando se reúnan los requisitos establecidos por unidad de convivencia del accidentado/a.

Más información, Real Decreto 453/2022, de 14 de junio, por el que se establece el régimen de aplicación de las prestaciones complementarias del artículo 96.1.b), del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Para cualquier aclaración puedes contactar a través de la dirección de correo: prestacionescomplementarias@uniondemutuas.es