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01/12/2025

Partes de Incapacidad Temporal (IT). Comunicación de los campos “Puesto de trabajo” y “Descripción de funciones”

El pasado mes de noviembre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se dirigió a las empresas para informar sobre  la obligación de comunicar los campos “Puesto de trabajo” y “Descripción de funciones” en los procesos de incapacidad temporal (IT), tal y como se recoge en el Boletín de Noticias RED 11/2025, de 26 de noviembre de 2025.

Esta obligación que afecta a empresas y autorizados RED debe cumplirse en todas las comunicaciones relacionadas con los procesos por Incapacidad Temporal que se realizan a través del Sistema RED, tanto mediante el fichero FDI como a través del servicio Incapacidad Temporal Online.

INFORMACIÓN OBLIGATORIA A COMUNICAR

En los partes de IT es obligatorio informar correctamente:

  • Puesto de trabajo de la persona trabajadora.
  • Descripción de las funciones asociadas a dicho puesto.

La correcta cumplimentación de estos campos es esencial para una valoración médica adecuada del proceso, y para un pronunciamiento más ajustado sobre el mantenimiento o el alta médica..

COMUNICACIÓN A MUTUAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE SALUD

Siempre que el INSS reciba esta información de forma correcta, podrá trasladarla a la mutua colaboradora responsable del proceso y al correspondiente Servicio Público de Salud, permitiendo una evaluación clínica ajustada a las condiciones reales del puesto, contribuyendo así a un control más riguroso del proceso de IT.

VALIDACIONES TÉCNICAS DE LOS CAMPOS

Puesto de trabajo:

  • Mínimo 4 caracteres.
  • No puede estar compuesto solo por números o símbolos.

En caso de incumplimiento: Error 158. “PUESTO DE TRABAJO OBLIGATORIO”.

Descripción de funciones:

  • Mínimo 15 caracteres.
  • No puede estar compuesta solo por números o símbolos.

En caso de incumplimiento: Error 159. “DESCRIPCIÓN FUNCIONES OBLIGATORIO”.

RÉGIMEN SANCIONADOR

El incumplimiento de esta obligación podrá constituir una infracción administrativa conforme al artículo 21.4 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto).

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA