
Unión de Mutuas ha elaborado un resumen normativo dirigido a todas sus empresas mutualistas sobre la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible que impone a las empresas de más de 200 trabajadores, o de 100 por turno, la obligatoriedad de negociar e implantar Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) antes del 5 de diciembre de 2026.
Esta norma, que concibe la movilidad como un factor estructural de seguridad, salud y sostenibilidad en la actividad empresarial, busca reducir el impacto energético y económico de la movilidad laboral, incidiendo directamente en la prevención de riesgos laborales (especialmente accidentes de tráfico laborales), en la mejora de la salud y calidad de vida, la reducción de emisiones y la cohesión social y territorial.
Esta norma afecta a las 6.758 empresas que hay en España con más de 200 trabajadores. De ellas, 600 están radicadas en la Comunidad Valenciana (362 en la provincia de Valencia; 140, en Alicante; y 98 están radicadas en la provincia de Castellón) según los datos del Institut Valencià d’Estadística relativos al año 2025.
Todas las empresas y entidades públicas afectadas deben disponer de un plan de movilidad sostenible al trabajo, negociado con la representación legal de las personas trabajadoras. Para ayudar a las empresas afectadas a poner en marcha esta normativa, la Mutua ha editado un folleto con toda la información necesaria sobre los aspectos preventivos que implica la nueva ley: obligaciones, plazos, financiación, incentivos y régimen sancionador.
El plan debe incluir, al menos:
• Medidas para reducir accidentes “in itinere” y “en misión”.
• Impulso del transporte colectivo.
• Fomento de la movilidad activa (caminar, bicicleta).
• Movilidad de bajas o cero emisiones.
• Movilidad compartida o colaborativa.
• Medidas organizativas como el teletrabajo.
• Formación e información en seguridad vial laboral.
• Análisis y seguimiento de indicadores.
Además, los grandes centros de actividad con alta concentración de personas (empresariales, sanitarios, educativos, comerciales, logísticos, etc.) deberán:
• Disponer de un plan de movilidad sostenible.
• Nombrar un gestor de movilidad.
• Revisar el plan cada 5 años.
Con este resumen normativo, que puedes consultar en este enlace, Unión de Mutuas facilita a sus empresas mutualistas toda la información necesaria para que puedan desplegar los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) que establece la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, que deben estar implantados antes del 5 de diciembre de 2026.








