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27/10/2017

Entra en vigor la Ley de Autónomos

La nueva ley del trabajo autónomo mejora la tarifa plana, compatibiliza el cien por cien de la pensión y reconoce el accidente in itínere

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo está en vigor desde ayer jueves 26 de octubre, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No obstante, algunas medidas contempladas en la ley no entrarán en vigor hasta el 1 de enero de 2018.

Entre éstas últimas se encuentran la ampliación a un año de la tarifa plana de 50 euros para nuevos autónomos, el aumento de las bonificaciones de la tarifa plana hasta los 24 meses (los seis meses siguientes a los doce meses de la tarifa de 50 euros habrá una bonificación del 50%, que será del 30% en los últimos seis meses), y la reducción a la mitad de los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social.

También entrarán en vigor el 1 de enero de 2018 las deducciones en el IRPF por seguros de enfermedad, por los gastos de suministro de agua, luz, electricidad y telefonía para la vivienda habitual si el autónomo trabaja desde casa (deducción del 30%), y por los gastos de manutención, pagos que tendrán que realizarse de forma electrónica en establecimientos de hostelería y restauración.

También empezará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2018 los cambios en las altas y bajas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización, en lugar de las dos actuales. Solo pagarán por los periodos efectivamente trabajados y se permitirán tres altas y tres bajas al año.

Medidas en vigor tras su publicación en el BOE

La Ley de Reformas del Trabajo Autónomo incluye medidas relacionadas con la conciliación, como las bonificaciones del 100% de la base de cotización para los autónomos durante las bajas de maternidad, paternidad, adopción, acogida y riesgo durante el embarazo o lactancia, sin necesidad de que tengan que ser sustituidos por otro trabajador.

Para las madres que hayan cesado su actividad y vuelvan tras la baja de maternidad, adopción, guarda, acogida o tutela, la tarifa de cotización será de 50 euros al mes durante el primer año. Asimismo, la edad del menor cuyo cuidado da derecho a bonificaciones se eleva de 7 a 12 años.

Con respecto a los trabajadores en régimen de pluriactividad tendrán derecho al reembolso directo, y sin solicitud previa, del 50% del exceso de cotización que se realizará de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por otro lado, se amplía la cobertura de las contingencias profesionales para los accidentes in itínere y la participación de los trabajadores autónomos en programas de formación e información respecto a la prevención de riesgos laborales. Además, la norma también permite la compatibilizar el trabajo y el cobro del 100% de la pensión de jubilación siempre que el autónomo tenga contratado, como mínimo, a otro trabajador por cuenta ajena.