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25/07/2017

La futura Ley de Trabajo Autónomo reconoce el accidente “in-itinere”

El proyecto de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo continúa con su tramitación en el Senado, después de ser aprobado, por unanimidad, por la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso. La futura ley contempla ampliar los derechos y la protección social de los autónomos y las autónomas, así como reducir sus cargas económicas y administrativas.

La proposición de ley recoge una batería de medidas entre las que destaca el reconocimiento de las coberturas por accidentes in itinere, el impulso de la tarifa plana de 50 euros y una mejora de la conciliación familiar.

En cuanto a las cotizaciones, los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización en función de sus ingresos. Solo pagarán por los periodos efectivamente trabajados y se permitirán tres altas y tres bajas al año.

Asímismo, se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla, y la base de los autónomos societarios se desvinculará del Sueldo Mínimo Interprofesional, y será el mismo tipo que el de los autónomos personas físicas.

De acuerdo con la nueva normativa, la tarifa plana de 50 euros al año se ampliará a un año y los emprendedores que hayan dejado su actividad durante dos años y vuelvan a trabajar podrán acogerse a la tarifa plana sin esperar cinco años, como hasta ahora. Además, las mujeres que se reincorporen al trabajo después de la baja por maternidad también pagarán 50 euros como cuota a la SS.

A partir de la aprobación definitiva de la nueva ley, los autónomos que sufran un accidente in itinere tendrán derecho a percibir una prestación por incapacidad laboral, equiparándose, así, los derechos de los trabajadores por cuenta propia con los del Régimen General.

Con el fin de impulsar la conciliación de la vida laboral y familiar, se establecerá una bonificación al cien por cien de la cotización a la SS para trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad o adopción.

Aumentará, hasta los 12 años, la edad de menores a cargo que da derecho al reconocimiento de la bonificación por conciliación y se exime del cien por cien de la cuota de autónomos, durante un año, por cuidado de hijos menores ó dependientes.

Respecto a las deducciones y reducciones, los autónomos podrán deducirse hasta 26 euros diarios por gastos en dietas y manutención. Los que trabajen en su domicilio podrán deducirse un 30% de los gastos de suministro, como agua, luz y telefonía.
Asimismo, se reducirá el recargo que penaliza el retraso en los pagos a la SS, del 20% al 10%, en el primer mes de desfase.

Boletín Oficial Cortes Generales Senado 17 julio 2017